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328.01-I FAQ: Cambios que deben notificarse al INAC

  • El CIA debe notificar a la Autoridad Aeronáutica por escrito con una anticipación de treinta (30) días continuos, los futuros cambios de:
  • Personal requerido según esta regulación.
  • Las instalaciones de entrenamiento, los equipos de instrucción de vuelo real y simulado, procedimientos, cursos y programas de instrucción y alcance de actividades que pueda afectar la certificación del CIA.

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