1 Generalidades
Este procedimiento aplica exclusivamente a los alumnos TMA 50, 51, 52, 53 y 54 que realizaron parcial o totalmente sus evaluaciones en modalidad online antes de la eliminación de dicha modalidad a finales del año 2022.
El propósito principal del instructivo es garantizar la trazabilidad, validez y respaldo administrativo y académico de los certificados emitidos a estos alumnos, asegurando su aceptación ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC)
Los registros académicos y evaluaciones online de estos grupos pueden no estar disponibles en los sistemas actuales; por ello, la creación de cursos recurrentes servirá como mecanismo de validación formal.
Los cursos iniciales tendrán fechas de inicio equivalentes a los períodos académicos originales y una duración de aproximadamente catorce (14) meses, conforme a los estándares históricos de los programas TMA.
Todos los documentos de respaldo (planillas de asistencia, expedientes, evaluaciones teóricas y planillas de prácticas) deberán archivarse de manera organizada y firmada por el personal autorizado.
2. Alcance
Este instructivo aplica exclusivamente a los alumnos TMA mencionados, que iniciaron estudios antes de la eliminación de la modalidad online (finales del año 2022), y que durante el año 2025 o posterior presenten su carta de culminación de pasantías con el fin de solicitar sus documentos de egreso.
3. Grupos comprendidos y fechas de inicio
| Grupo | Fecha de Inicio de Clases | Fecha de Culminación |
|---|---|---|
| TMA 50 | 20 de septiembre del 2021 | |
| TMA 51 | 24 de enero del 2022 | |
| TMA 52 | 18 de abril del 2022 | 01 de septiembre del 2023 |
| TMA 53 | 11 de julio del 2022 | |
| TMA 54 | 03 de octubre del 2022 |
Nota: Todos los grupos iniciados hasta el 03 de octubre del 2022 son elegibles para el procedimiento descrito.
4. Justificación
Debido a que las notas y registros académicos de las evaluaciones online no se encuentran actualmente de fácil acceso, se establece este mecanismo (recurrentes) como respaldo administrativo para garantizar la legitimidad académica y verificación documental de los certificados emitidos los cuales podrán ser verificados en una inspeccion por el INAC en el año 2025 y posterior.
5. Procedimiento
5.1 Recepción de solicitudes
- El alumno deberá consignar (ticket de soporte):
- Carta de culminación de pasantías. (12 meses)
- Constancia de culminacion de practicas en BRM (manual de prácticas)
- El Departamento de Planificación Académica verificará que el alumno pertenezca a uno de los grupos TMA 50 al 54 para saber si le aplica o no el procedimiento del recuerrente
5.2 Creación del curso recurrente
- Se activará un curso recurrente común (denominado Recurrente TMA [mes/año]), el cual servirá como respaldo académico para los alumnos correspondientes.
- El recurrente funcionará como expediente unificado y se le podrán agregar alumnos adicionales por un período máximo de 8 meses desde su activación.
5.3 Incorporación de alumnos al curso recurrente
- Cada alumno que cumpla con los requisitos y solicite sus documentos de egreso dentro del lapso activo (8 meses) será asignado al curso recurrente vigente.
- Para cada alumno se debe conservar copia de:
- Planillas de asistencia firmadas.
- Expediente académico completo.
- Evaluación teórica.
- Planillas de prácticas firmadas por el instructor responsable.
5.4 Emisión del certificado
- Una vez completado el proceso del curso recurrente y verificada la documentación, se procederá a la emisión del certificado correspondiente.
- El certificado deberá incluir:
- Nombre completo del alumno.
- Cedula de identidad
- Fecha de inicio y culminación del curso recurrente.
- Firma del Director Académico y del Coordinador de Formación Técnica.
- El documento se archivará digitalmente
6. Control y resguardo de documentos
Todos los certificados emitidos bajo este procedimiento deben contar con:
- Código de control interno o número consecutivo.
- Registro de respaldo en base de datos académica.
- Carpeta física con los soportes antes mencionados, archivada según grupo TMA.
7. Observaciones generales
- Este procedimiento aplica únicamente para los alumnos TMA inscritos antes del 31/12/2022.
- No aplica a cohortes posteriores, cuya modalidad de estudios fue totalmente presencial.
- Los documentos generados mediante este proceso tienen validez administrativa y académica ante el INAC y demás instituciones competentes.
- Todo el proceso debe ser supervisado por el Departamento de Planificación Académica, con el aval de la Dirección General del iDEA.
Elaborado por:
Departamento de Planificación Académica – iDEA
Revisado por: Dirección Académica
Fecha de emisión: [colocar fecha de aprobació n ]

