- Si el titular emite certificados de graduación, sin haber cumplido en su totalidad o en parte con los programas de instrucción aprobados a través de las ESINS.
- Cuando emita certificados de graduación en violación de las políticas contenidas en su Manual de Instrucción y Procedimientos o en violación de esta regulación.
- Si el titular proporcionó información falsa, incompleta o inexacta para la obtención del Certificado.
- Si la Autoridad Aeronáutica determina por motivos razonables que existe un riesgo potencial para la seguridad.
- Si el Certificado de funcionamiento emitido bajo esta regulación es revocado, el titular del mismo no podrá continuar ejerciendo las atribuciones otorgadas y deberá devolverlo a la Autoridad Aeronáutica dentro de los cinco (5) días siguientes de haber sido notificado por esta.

